Tarifa de Tercera Edad

A este beneficio tienen derecho, las personas que han cumplido los 65 años de edad, y que utilicen el servicio de energía eléctrica con fines residenciales. Se exonerará el 50% del valor del consumo de energía eléctrica, de los 120 KWh-mes, en caso de sobrepasar este límite, se cobrará con la tarifa normal el excedente.
La tarifa de tercera edad será aplicable a un solo servicio (medidor), por usuario o por pareja conyugal.
Requisitos:
- Copia de la cédula del beneficiario
- Copia de la cédula del cónyuge, en el caso de ser viudo o divorciado se debe presentar la cédula actualizada, o el acta que certifique su estado civil.
- Planilla de consumo eléctrico al día.
El trámite debe realizarlo personalmente el usuario beneficiado, para la firma del contrato de rebaja.
Pasos a seguir:
- Presentar los requisitos indicados en las ventanillas de Atención al Cliente, en donde firmará el contrato correspondiente.
- El contrato de Tercera Edad que tendrá vigencia por un año, al cumplirse este tiempo usted deberá acudir nuevamente a la Empresa para la renovación del mismo.